sábado, 7 de agosto de 2010

18va Clase PERSONAS JURIDICAS EN EL DERECHO CIVIL INTERNACIONAL

1.- LAS PERSONAS JURIDICAS

A) - Las personas jurídicas, solo pueden ser titulares de derechos patrimoniales y no así de derechos personales

- En el DIPr, importa mucho lo que se refiere al reconocimiento internacional de esa personalidad y al ejercicio de la capacidad derivada de la misma



2.- LAS PERSONAS JURIDICAS EN LA LEGISLACION BOLIVIANA

- La existencia de las personas jurídicas tienen su origen en la propia CPE, dado que en su art. 14, inc., V, NCPE; establece que, las leyes bolivianas se aplican a todas las personas, naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, en el territorio boliviano.

Asimismo, el Código Civil se refiere a las personas colectivas, el Código de Comercio a las sociedades comerciales.


a) Código Civil;

- Según el Codigo Civil, son personas colectivas: el Estado, la iglesia, los municipios, las universidades y entidades públicas con personalidad jurídica, así como también, las asociaciones gremiales, corporativas, benéficas, culturales, educativas, religiosas, deportivas y; las sociedades civiles y mercantiles (art. 52)

- Asimismo, establece que, el domicilio de las personas colectivas, es el lugar fijado en el acto constitutivo y, a falta de éste, el lugar de su administración (art. 55)

- En lo que respecta a la responsabilidad por hechos ilícitos; las personas colectivas son responsable por el daño que sus representantes causen a terceros con un hecho ilícito, siempre que dichos representantes hayan actuado en tal calidad (art. 57)



3.- DOCTRINA DE LA EXTRATERRITORIALIDAD DE LAS PERSONAS JURIDICAS

A)- Las doctrinas de la extraterritorialidad de las personas colectivas, están influenciada por las teorías de la ficción y la teoría de la realidad

1) Teoría de la ficción; no reconoce la existencia extraterritorial de las personas, por que al ser creación de la ley su reconocimiento termina, donde termina la jurisdicción

2) Teoría de la realidad; reconoce la vigencia extraterritorial de esa clase de personas, por que les reconocen vida real y no ficticia



B)- Teorías sobre la presencia Extraterritorial de las Personas

1) Teoría Restrictiva;

- Niega la extraterritorialidad de las persona colectiva de existencia ideal, afirman que la existencia de las personas colectivas, se restringe a los límites del Estado creador

2) Teoría Liberal;

- Reconoce la vida extraterritorial de las personas colectivas, basados en que la identidad no es una creación de la ley, sino una verdadera realidad social


3) Teoría de la Territorialidad Parcial;

- Sostiene que la adopción del territorialismo o del extraterritorialismo va indisolublemente unido a la gerarquia que cada ordenamiento otorgaría a ambos interéses


4) Teoría del Control;

- Deriva de las limitaciones a los derechos de las personas físicas aplicados a las personas jurídicas, como, la confiscación de sus bienes, imposibilidad de comercialización, etc., Está consagrado en el Tratado de Paz de Versalles, 1914, arts., 297 y 244



4.- LAS PERSONAS JURIDICAS EN EL CONTEXTO CONVENCIONAL

a)- Tratado de Montevideo, 1889;

- Establece que el Estado en el carácter de persona jurídica tiene capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones en el territorio de otro Estado, de conformidad a las leyes de éste último(art. 3)

- La capacidad de las personas jurídicas de carácter privado se rige por la ley del país en el cual ha sido reconocida como tal (art-4 )



b)- Código de Bustamante, 1928;

- Cada Estado contratante, tiene capacidad para adquirir y contraer derechos y obligaciones en el territorio de los demás Estados, sin otras restricciones que las establecidas expresamente por el derecho local. (art-31)

- El concepto y reconocimiento de las personas jurídicas se regirá por la ley del territorial (art. 32)



c)- Convención Interamericana sobre la Personalidad y Capacidad de Personas jurídicas en el Derecho Internacional Privado;

- La Convención se aplicará a las personas jurídicas constituidas en cualquiera de los Estados partes(persona jurídica, toda entidad que tenga existencia y responsabilidad propia, distinta a la de sus fundadores y, que sea calificada como persona jurídica según la ley del lugar de su constitución(art. 1)

- La existencia y la capacidad para ser titular de derechos y obligaciones y, las personas jurídicas de carácter privado se regirán por la ley del lugar de su constitución (art. 2)

- Las personas jurídicas privadas, serán reconocidas de pleno derecho en los demás Estados partes (art. 3)





5.- BIBLIOGRAFIA

- SALAZAR PAREDES, Fernando. Derecho Internacional Privado Boliviano, Plural editores, La Paz, 2004

- NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO, U.P.S., Editorial s.r.l., La Paz, 2009

- CODIGO CIVIL, U.P.S., Editors, s.r.l., La Paz, 2000



No hay comentarios:

Publicar un comentario